El Gobierno lo confirma: la edad de jubilación cambia en 2027 con dos supuestos

El momento de dejar atrás la vida laboral y acceder a una pensión sufrirá modificaciones importantes a partir de 2027. Los trabajadores que decidan retirarse a partir de ese año se enfrentarán a nuevos requisitos respecto a los que siguen en vigor durante este 2026. La norma general supone un aumento de dos meses y sitúa la edad ordinaria de jubilación exactamente en los 67 años.
A pesar de esta subida generalizada, el sistema mantendrá una excepción para premiar las carreras profesionales más largas. Las personas que logren acumular más de 38 años y seis meses de cotización a lo largo de su vida laboral evitarían este incremento y podrán solicitar su pensión al cumplir los 65 años.
Impacto en la jubilación anticipada
Esta medida es el resultado de la gran reforma del sistema de pensiones aprobada en el año 2011. Hasta aquel momento la edad para jubilarse en España había sido siempre de 65 años, pero el aumento de la esperanza de vida y la llegada de la generación del baby boom obligaron a transformar el modelo, forzando la creación de esta escala progresiva que ahora culmina su implantación.
Estas variaciones en la edad oficial también alteran de forma directa los requisitos para quienes desean adelantar su salida del mercado laboral de manera voluntaria. La ley permite anticipar la jubilación hasta un máximo de dos años respecto a la edad ordinaria siempre que se demuestre un mínimo de 35 años cotizados. En este caso el trabajador podrá jubilarse a los 63 o a los 65 años dependiendo de si ha logrado alcanzar la cifra de los 38 años y medio de aportaciones al sistema estatal.
Para los casos de cese involuntario por causas ajenas al empleado, el margen de maniobra es mucho mayor y permite un adelanto de hasta cuatro años con un mínimo exigido de 33 años trabajados. Bajo este supuesto, la edad de acceso a la prestación se reduce a los 61 o 63 años en función de su historial.
En ambas situaciones, la Seguridad Social aplicaría coeficientes reductores que recortan el importe de la pensión dependiendo de los meses de adelanto y de la trayectoria laboral del beneficiario.
Cálculos según el año de nacimiento
El calendario diseñado por el Ejecutivo divide a los trabajadores en función de su fecha de nacimiento para establecer quiénes pueden acceder a las diferentes alternativas. Las personas nacidas entre los años 1959 y 1960 ya se encuentran en disposición de solicitar su jubilación ordinaria al cumplir con los parámetros exigidos. Por otro lado, la generación comprendida entre 1961 y 1964 tiene abierta la puerta para tramitar el retiro anticipado si cumplen con los mínimos de cotización requeridos.
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Para evitar confusiones ante tantos números y requisitos, la página web de la Seguridad Social ofrece una herramienta gratuita de autocálculo diseñada para orientar a los ciudadanos. Se trata de un simulador gratuito donde cualquier ciudadano puede comprobar su fecha exacta de jubilación y obtener un cálculo de estimación sobre el dinero que cobrará cada mes en función de lo que haya aportado a lo largo de toda su carrera.
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